Disminución gradual de la Jornada Laboral en Colombia (Ley 2101/2.021)

La expedición de la Ley 2101 de 2021 determinó una reducción de la jornada laboral en Colombia; Dicha jornada laboral llegará a ser máximo de 42 horas semanales.

Esta reducción se podrá realizar de forma gradual hasta llegar al año 2026:

Cambios que planteó la ley 2101 de 2021:

De acuerdo con la ley del Ministerio del Trabajo (Ley 2101/2.021), los principales cambios que se establecieron en el marco del cambio de jornada laboral son:

  • Tiene por objeto reducir la jornada semanal de manera gradual.
  • La nueva jornada laboral se puede repartir en 5 o 6 días de la semana.
  • La disminución de la jornada no implicará reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los trabajadores”

 

Sin perjuicio de que el empleador puede acogerse de manera inmediata a la jornada laboral de 42 horas, la implementación gradual se realizará así:

  • Transcurridos 2 años a partir de la entrada en vigencia de la ley se reducirá en 1 hora la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales.
  • Pasados 3 años desde la entrada en vigencia de la ley, se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales.
  • A partir del cuarto año, se reducirán 2 horas cada año hasta llegar a las 42 horas semanales.

 

Exoneración

La disminución de la jornada exonera al empleador de dar aplicación a:

  1. a) El parágrafo del artículo 3º de la Ley 1857 de 2017, esto es, el día de la familia.
  2. b) El artículo 21 de la Ley 50 de 1990, es decir, dedicación exclusiva a determinadas actividades para los trabajadores (actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación).

 

Aplicabilidad de la disminución de la jornada laboral (1° hora), en Pronavícola S.A.

Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 2101/2.021, la Empresa define los siguientes horarios para:

 

Personal de Producción, Mantenimiento (incluye personal de Granjas, Plantas de Incubación, Planta de Alimento Balanceado), Laboratorio y Transportes:

La disminución de la jornada laboral se aplicará terminando los turnos de trabajo actuales, diez (10) minutos antes por día, lo cual arrojaría que al final de la semana se haya cumplido con lo establecido en la norma:

  • minutos /día x 6 días = 60 min, lo que equivale a 1 hora por semana).

 

-Para el personal del Departamento de Seguridad:

La jornada laboral se disminuirá quince (15) minutos por día, al término de la jornada, lo cual arrojará que al final de la semana se haya cumplido con lo establecido en la norma.

(15 minutos x 4 días = 60 min) 

*Se recuerda que el Departamento de Seguridad labora turnos especiales de 12 hrs / día, pero no laboran todos los días.

 

Para el personal de Administración que labora en Oficinas Buga / Oficinas Planta:

La disminución de la jornada quedó así: El término de la jornada laboral será de doce (12) minutos/día, antes de la hora actual, lo cual arrojaría que al final de la semana se haya cumplido con lo establecido en la norma.

(12 minutos x 5 días = 60 min)

 

Escrito por: Jhon Jairo Merino, Director de Gestión Humana.

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