Según establece la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), podemos definir el bienestar animal como:
“el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere”.
Donde se establece las condiciones adecuadas de los animales en las unidades productivas para cada especie de acuerdo a la necesidad según su crecimiento y en su participación en las diferentes etapas de la cadena productiva, evitando el sufrimiento físico y mental en vida hasta el beneficio humanitario en pro de garantizar la mejor calidad de productos para los consumidores finales con el menor impacto al medio ambiente, para el cumplimiento de estas condiciones se ha establecido desde 1965 las 5 libertades como principios fundamentales en el bienestar animal, siendo:
Principios directamente relacionados con las estrategias globales para el desarrollo y sostenibilidad de sistemas socioeconómicos y ecológicos como partes del programa “una sola salud” de la Organización Mundial de la Salud (OMS)
“Una salud”, reconociendo la interdependencia entre la sanidad animal, la salud humana y la medioambiental, puesto que la sanidad animal y la del medio ambiente dependen en gran medida de las actividades humanas y de nuestra relación con la naturaleza y que la sanidad de los animales y del medio ambiente también determina la salud de los seres humanos. (OMSA)
Como parte del programa de la OMSA “una salud”, se han implementado los principios de bienestar animal aplicados a cada cadena productiva pecuaria acuerdo a la condición y necesidades de cada especie y su etapa productiva. Bajo esta visión, el ICA se suma a la implementación de prácticas de bienestar animal en la cadena productiva pecuaria y ha establecido la legislación 253 la cual entra en vigencia el próximo mes de octubre del año en curso, donde se establece y adopta el manual de condiciones de bienestar animal aplicados a cada una de las especies de producción del sector agropecuario, de la cual se dará énfasis en este articulo a lo referente de las aves de corral y/o avicultura, permitiendo resaltar y establecer las condiciones ideales de bienestar animal acorde a los lineamientos y principios de las 5 libertades establecidas por la OMSA y del ICA en su legislación.
Por lo tanto, la Organización Mundial de la Sanidad para animales (OIE) reconoce que para su bienestar en las aves se debe:
- Prevenir sus enfermedades.
- Administrar tratamientos veterinarios.
- Protegerlos.
- Manejar y alimentar correctamente.
- Manipular y sacrificar de manera compasiva.
El Farm Animal Welfare Council del Reino Unido (FAWC, 2009), determina las necesidades físicas y de comportamiento de los animales, estableció para los sistemas de producción en granjas deben tener un mínimo de libertades para garantizar el bienestar animal. Por tales razones es importante conocer que estos comportamientos se logran expresar solo en un ambiente que lo permita.
Todas estas libertades se resumen y describen aquí:
Escrito por: Manuel Boada, Director de Reproductoras Línea Liviana